Propuesta Consensuada por los dirigentes de agrupaciones de deudores y representantes de juntas de vecinos que participan en la mesa de negociación.
a.- Se considerarán deudores de viviendas de valor original igual o inferior a 500 UF no contemplados en la definición del punto 2 del resumen de 1º reunión del 30 de noviembre de 2004. Para ellos, se propone subsidio que asimile a VSDSD y un mecanismo de pago según la siguiente tabla:
Años pagados |
Propuesta de dividendo |
10 |
1/2 dividendo con tope 1/2 UF |
9 |
1 dividendo con tope 1 UF |
8 |
2 dividendos con tope 2 UF |
7 |
3 dividendos con tope 3 UF |
6 |
4 dividendos con tope 4 UF |
5 |
5 dividendos con tope 5 UF |
4 |
6 dividendos con tope 6 UF |
3 |
7 dividendos con tope 7 UF |
2 |
8 dividendos con tope 8 UF |
1 |
9 dividendos con tope 9 UF |
0 |
10 dividendos con tope 10 UF |
b.- La modalidad de pago se definirá de la siguiente forma:
c.- Definición de Pobreza e Indigencia: Definir mecanismos que expresen de mejor forma, la situación real de pobreza o indigencia. Evaluar CAS de ingreso o actual, según situación más favorable para deudor.
d.- Definición de enfermedad: se entenderá por enfermedad aquellas catastróficas, terminales, crónicos y discapacidades y pensiones de acuerdo a definiciones de COMPIN y/o Superintendencia. Se considerará enfermedad de deudor, cónyuge y/o miembro del grupo familiar
e.- Adulto mayor: para todo adulto mayor cuyas pensiones estén entre 1 y 2 sueldos mínimos, se propone buscar mecanismos de acuerdo a propuestas resumidas en reunión del 10 de diciembre de 2004.
f.- Cesantes: se considerarán como cesantes aquellos trabajadores y trabajadoras con empleos temporales, con incapacidad para ser empleados por marginalidad educacional y aquellos acogidos a planes de emergencia. Para ellos se propone asimilar a VSDSD con el pago de un dividendo con tope 1 UF.
Jueves 16 de diciembre de 2004
Coordinadora Nacional de Deudores Habitacionales