Propuesta Consensuada por los dirigentes de agrupaciones de deudores y representantes de juntas de vecinos que participan en la mesa de negociación.

 

a.- Se considerarán deudores de viviendas de valor original igual o inferior a 500 UF no contemplados en la definición del punto 2 del resumen de 1º reunión del 30 de noviembre de 2004. Para ellos, se propone subsidio que asimile a VSDSD y un mecanismo de pago según la siguiente tabla:

 

Años pagados

Propuesta de dividendo

10

1/2 dividendo con tope 1/2 UF

9

1 dividendo con tope 1 UF

8

2 dividendos con tope 2 UF

7

3 dividendos con tope 3 UF

6

4 dividendos con tope 4 UF

5

5 dividendos con tope 5 UF

4

6 dividendos con tope 6 UF

3

7 dividendos con tope 7 UF

2

8 dividendos con tope 8 UF

1

9 dividendos con tope 9 UF

0

10 dividendos con tope 10 UF

 

b.- La modalidad de pago se definirá de la siguiente forma:

c.- Definición de Pobreza e Indigencia: Definir mecanismos que expresen de mejor forma, la situación real de pobreza o indigencia. Evaluar CAS de ingreso o actual, según situación más favorable para deudor.

d.- Definición de enfermedad: se entenderá por enfermedad aquellas catastróficas, terminales, crónicos y discapacidades y pensiones de acuerdo a definiciones de COMPIN y/o Superintendencia. Se considerará enfermedad de deudor, cónyuge y/o miembro del grupo familiar

e.- Adulto mayor: para todo adulto mayor cuyas pensiones estén entre 1 y 2 sueldos mínimos, se propone buscar mecanismos de acuerdo a propuestas resumidas en reunión del 10 de diciembre de 2004.

f.- Cesantes: se considerarán como cesantes aquellos trabajadores y trabajadoras con empleos temporales, con incapacidad para ser empleados por marginalidad educacional y aquellos acogidos a planes de emergencia. Para ellos se propone asimilar a VSDSD con el pago de un dividendo con tope 1 UF.

Jueves 16 de diciembre de 2004

Coordinadora Nacional de Deudores Habitacionales